ST LOGISTIC ZFB S.A.S., como usuario industrial que presta servicios de Zonas Francas en Colombia, está comprometida con la promoción y el mantenimiento de ambientes de trabajo seguros, respetuosos, inclusivos y libres de cualquier forma de violencia, discriminación, intimidación o acoso laboral. En cumplimiento de lo establecido en la Constitución Política de Colombia, la Ley 1010 de 2006 y demás normas legales vigentes, la organización establece la presente Política Preventiva del Acoso Laboral.

La alta dirección asume el liderazgo y la responsabilidad de implementar, mantener y promover acciones orientadas a prevenir las conductas constitutivas de acoso laboral, fomentar relaciones laborales basadas en el respeto mutuo y fortalecer una cultura organizacional fundamentada en la dignidad humana, la igualdad, la inclusión, la corresponsabilidad y la sana convivencia.

Por lo anterior, ST LOGISTIC ZFB S.A.S. se compromete a:

Promover ambientes de trabajo sanos, seguros y respetuosos, libres de toda forma de acoso laboral, discriminación, violencias basadas en genero o otro tipos de violencia o trato degradante.
Fomentar relaciones laborales basadas en el respeto, la comunicación asertiva, la cooperación y el reconocimiento de la dignidad humana.
Prevenir la ocurrencia de conductas de acoso laboral mediante actividades de sensibilización, capacitación y fortalecimiento de competencias para la convivencia laboral.
Garantizar la confidencialidad, imparcialidad, celeridad y debido proceso en la atención de las situaciones relacionadas con presunto acoso laboral.
Mantener mecanismos adecuados para la recepción, trámite y seguimiento de las quejas o reportes relacionados con posibles conductas de acoso laboral.
Garantizar el funcionamiento y fortalecimiento del Comité de Convivencia Laboral como instancia preventiva y de apoyo en la gestión de conflictos laborales.
Promover la participación activa de los trabajadores en la construcción de un entorno laboral basado en el respeto, la tolerancia y la corresponsabilidad.
Cumplir con la normatividad legal vigente en materia de prevención y atención del acoso laboral y demás requisitos aplicables suscritos por la organización.
Adoptar medidas de mejora continua que permitan fortalecer la cultura organizacional y prevenir factores de riesgo psicosocial asociados a situaciones de acoso laboral.

Todos los trabajadores, contratistas, proveedores, aprendices, practicantes y demás partes interesadas deberán contribuir al cumplimiento de esta política, promoviendo conductas respetuosas y reportando oportunamente cualquier situación que pueda afectar la convivencia laboral.

El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente política dará lugar a las acciones disciplinarias, administrativas o legales que correspondan, de conformidad con la normatividad vigente, el Reglamento Interno de Trabajo y demás disposiciones aplicables.

CÓDIGO: ESGPO007
VERSIÓN: 01
FECHA: 03/06/2026