ST LOGISTIC ZFB S.A.S., como usuario industrial que presta servicios de Zonas Francas en Colombia, reconoce la importancia del equilibrio entre la vida laboral, familiar y personal de sus trabajadores, así como la necesidad de proteger su bienestar físico, mental y emocional. Por ello, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 2191 de 2022, la Ley 2101 de 2021 y demás normas legales vigentes aplicables, adopta la presente Política de Desconexión Laboral.

La presente política aplica a todos los trabajadores de ST LOGISTIC ZFB S.A.S., independientemente de su modalidad de contratación o lugar de prestación del servicio, incluyendo trabajo presencial, remoto, trabajo en casa y teletrabajo, salvo las excepciones previstas en la normatividad vigente.

Por lo anterior, ST LOGISTIC ZFB S.A.S. se compromete a:

Garantizar el respeto al derecho de desconexión laboral de todos los trabajadores fuera de la jornada laboral ordinaria, durante los períodos de descanso, vacaciones, licencias, permisos y demás tiempos de no prestación del servicio.

Promover una cultura organizacional basada en el respeto por los tiempos de descanso y la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.

Evitar la realización de requerimientos laborales fuera de la jornada de trabajo mediante llamadas telefónicas, mensajes instantáneos, correos electrónicos o cualquier otro medio de comunicación, salvo las excepciones contempladas en la ley.

Sensibilizar y capacitar a trabajadores, líderes y directivos sobre la importancia del derecho a la desconexión laboral y los efectos positivos que este genera sobre la salud, el bienestar y la productividad.

Implementar mecanismos que permitan a los trabajadores reportar situaciones que puedan constituir vulneraciones al derecho de desconexión laboral, garantizando la confidencialidad y el respeto durante su gestión.

Adoptar medidas preventivas y correctivas cuando se identifiquen prácticas organizacionales que afecten el adecuado ejercicio del derecho a la desconexión laboral.

Garantizar que ningún trabajador sea objeto de represalias, discriminación o afectación laboral por ejercer su derecho a la desconexión fuera de la jornada de trabajo.

Cumplir con las disposiciones legales vigentes relacionadas con la jornada laboral, tiempos de descanso y derecho a la desconexión laboral.

Las disposiciones de esta política no limitarán las actuaciones requeridas en situaciones excepcionales que demanden atención inmediata para prevenir o atender casos de fuerza
mayor, caso fortuito, emergencias operativas, riesgos para la seguridad de las personas, continuidad del servicio o cualquier otra circunstancia prevista en la normatividad vigente.

Todos los trabajadores, directivos, contratistas y demás partes interesadas deberán contribuir al cumplimiento de esta política mediante el uso responsable de los canales de
comunicación institucionales y el respeto por los tiempos de descanso de las personas con quienes interactúan.

CÓDIGO: ESGPO009
VERSIÓN: 01
FECHA: 03/06/2026